lunes, 8 de marzo de 2010

ASI QUEDÒ REFORMADA NUESTRA CONSTITUCIÒN ANTE EL FALLO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL ...

LEY 1354 DE 2009Septiembre 8
Diario Oficial No. 47.466 de 8 de septiembre de 2009
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se convoca a un referendo constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de reforma constitucional.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. El inciso 1o del artículo 197 de la Constitución Política quedará así:
"Quien haya sido elegido a la Presidencia de la República por dos períodos constitucionales, podrá ser elegido únicamente para otro período".
ARTÍCULO 2o. La presente ley regirá a partir de la fecha de su promulgación.

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